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martes, 11 de mayo de 2010

Pide tu Devolución de Impuestos

¿Deseas recuperar tu saldo a favor de impuestos? 
Te decimos lo que debes hacer si eres asalariado.

A) ¿Hiciste y presentaste tu declaración anual y tienes saldo a favor de años anteriores?. 
Entonces deberás entregar el formato 32 (devoluciones) debidamente llenado, a través del cual solicitarás tú saldo a favor; no requieres cita previa.


Al formato 32 se le debe anexar los comprobantes de retención de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y los pagos provisionales del  Impuesto al Valor Agregado (IVA). Tienes que indicar en este formato, la CLABE bancaria a la cual quieres que se te haga el depósito de los impuestos. QUieres que te apoyemos en llenar el formato 32?? o preguntanos en nuestro blog.

El SAT tiene un plazo máximo de tres meses para realizar  la devolución, después de ese plazo la autoridad recaudadora se verá obligada a pagarte intereses durante el tiempo que se tarde en cumplir con su obligación. Los tres meses se cuentan a partir de que solicitaste tu saldo a favor. 


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b) ¿En la declaración anual solicitaste la devolución de tu saldo a favor?

 Si todavía no ha sido depositado en tu cuenta bancaria, primero revisa el status de tu devolución. (para conocer el motivo por el cual el SAT lo rechazo o detuvo, los motivos pueden ser desde un error numérico hasta la inconsistencia o falta de documentación).


Sigue estos sencillos pasos para revisar el status:
  1. En la página www.sat.gob.mx , ingresa a "Oficina Virtual"
  2. Después da clic en "Consulta de Transacciones" y posteriormente en "Devolución Automática de Impuestos", ahí ingresa tú Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC). Si no las tienes te ayudamos a consquir estas claves. LINK A FEEDBACK
  3. En seguida encontrarás en pantalla un reporte del status de tu solicitud de devolución, en la cual te puede decir los errores, comentarios o si no te corresponde devolución alguna.
  4. Con esta información presentaras una declaración complementaria y nuevamente la solicitud de devolución de impuestos si aplica. Esto lo puedes hacer en formato impreso o por internet, preséntanla en la oficina del SAT que te corresponda o en el portal del SAT respectivamente.


La devolución de impuestos es un derecho de todos los contribuyentes. Este trámite permite que las personas recuperen los saldos a su favor, o en algunos casos dinero que han pagado de más por algún error al calcular los impuestos. tienes hasta 5 años para reclamar al SAT; acude a la oficina que te corresponda y solicita la devolución o bien hazlo por Internet.

Si por alguna razón (error de cálculo o de datos) no te depositaron la devolución de tu saldo a favor  despues de presentar tu declaración anual. Tienes la posibilidad de corregir la falta.

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¿Cómo te apoyamos nosotros?
Te ofrecemos asesoría con nuestro equipo de expertos para:
  1. Hacemos la solicitud de devolución de impuestos de años anteriores por ti.
  2. Solicitamos las claves FIEL y CIEC para tus trámites y movimientos posteriores.
  3. Evaluar los documentos necesarios que deben integrar el expediente de una devolución de impuestos. 
  4. Realizamos tus declaraciones anuales de personas asalariadas y con actividad empresarial.
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Nota 1: Los precios no incluyen IVA.
Nota 2: No incluye otros trámites, como obtener Fiel o Ciec o cambios al RFC.

Nota 3: aplica para personas asalariadas enla devolución de ISR, otros impuestos y si eres actividad empresarial u honorarios favor de cotizar.
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